El domingo se conoció finalmente la normativa provincial y a partir de ahí se esperaban las repercusiones municipales y tal como viene sucediendo en la casi totalidad de los municipios, la Municipalidad de Bragado decidió adherir en todos sus términos.
En primer lugar se explica que NO se podrá desarrollar ninguna actividad artística, deportiva, cultural, social, recreativa, familiar o comercial entre las 1 y las 6 horas de la madrugada. Asimismo, se podrán realizar actividades sociales, recreativas y familiares con hasta un máximo de diez (10) personas.
En otro orden, establecieron que las actividades económicas industriales que “impliquen procesos productivos manufactureros o agropecuarios y las actividades, servicios y situaciones declaradas esenciales” podrán hacerse sin limitación horaria.
El decreto local lleva el número 34/2021 y en los visto se señala que en el marco de la emergencia sanitaria y de la situación epidemiológica actual, resulta necesario implementar nuevas acciones y políticas excepcionales para abordar la situación, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nacional N°4/2021 y el Decreto Provincial N°1/2021.