En un comunicado de prensa, firmado por Monzón, Alsina y Drunday, se manifiesta el más enérgico repudio ante la reciente decisión de la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) N° 1 del Departamento Judicial de Mercedes de archivar la denuncia penal por contaminación ambiental y mala gestión de residuos en el predio de disposición final de Bragado.
Consideramos que dictaminar la inexistencia de un delito ambiental bajo el argumento de que “no se acreditó un peligro concreto para la salud pública” representa un grave retroceso institucional y una alarmante desconexión con la realidad diaria que padecen los vecinos de nuestra comunidad. Los reiterados incendios, la humareda tóxica constante y la acumulación descontrolada de desechos a cielo abierto son evidencias empíricas de un daño que no puede ser invisibilizado por tecnicismos legales.
El principio de prevención y el principio precautorio, pilares fundamentales del derecho ambiental argentino (Ley General del Ambiente N° 25.675), exigen actuar antes de que los daños a la salud sean irreversibles. Esperar a que existan casos masivos de intoxicación o una contaminación total de las napas para tipificar el delito penal es una muestra de desamparo judicial hacia la ciudadanía.
Exonerar de responsabilidad penal a la gestión municipal, justificando los siniestros como hechos aislados o no dolosos, perpetúa un modelo de gestión de residuos obsoleto, insalubre y peligroso. La salud de la población y el derecho a un ambiente sano no pueden quedar supeditados a la complacencia judicial. Exigimos que las autoridades competentes revisen esta medida, se profundicen las pericias técnicas de manera independiente y se implemente de forma urgente un plan definitivo de saneamiento y reconversión del basural. No aceptamos el archivo del expediente como el punto final de una problemática que sigue afectando nuestro aire, nuestra tierra y nuestra vida..











